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EL "SALDO CERO' SOLO ESTARÁ TRES MESES EN LAS LISTAS DE MOROSOS.

         
   
  M. Asorey. Madrid

   

 

El Tribunal de Defensa de la Competencia ha dictado una resolución en la que elimina algunos privilegios que tenía el Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI) respecto al resto de empresas e Información Comercial y de Solvencia.

La primera medida que notificó el tribunal fue la reducción del plazo para mantener a los deudores que ya han saldado sus deudas. Hasta ahora el RAI podía mantener durante treinta meses los datos de aquellos que ya hubieran pagado sus deudas, el denominado saldo cero, pero ahora la resolución de Competencia sólo permitirá a este registro que mantenga estos datos durante tres meses, al igual que ocurre con el resto de listas de morosos.

Además, Economía establece que el RAI debe ampliar el acceso a sus datos tanto a los acreedores como a las empresas de información de solvencia, porque hasta ahora esta información sólo se facilitaba a las entidades partícipes.

De esta forma, Competencia asegura que "existe la posibilidad de una eliminación de la competencia en el mercado de informes patrimoniales y de solvencia económica, si se discrimina en el acceso al RAI entre las empresas del sector".

Consentimiento

La resolución prohíbe también que las entidades bancarias puedan introducir los datos de impagados en el registro sin el consentimiento de los acreedores, por lo que se evitarán casos como que un deudor figure en la lista por no haber abonado una letra sin que el acreedor tenga conocimiento. En cualquier caso, los datos del deudor tendrán que estar acompañados del sector al que pertenece.

Economía concede un periodo de seis meses para que el RAI adapte sus normas de funcionamiento a las sugerencias del tribunal, porque una vez que transcurra este plazo "podrá ser perseguido" por restringir la competencia.

     
 
     
 
     
     
       
       
   
 
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