COMENTARIOS SOBRE LEGISLACIÓN
 
 
NORMATIVA SOBRE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR/USUARIO DE LOS SERVICIOS BANCARIOS  
     
La protección de los consumidores y usuarios es un principio rector de la política económica y social consagrado por la Constitución Española de 1978 (artículo 51).

Al margen de las normas básicas de derecho común (Código Civil -Real Decreto 24 de julio de 1889- y Código de Comercio -Real Decreto de 22 de agosto de 1885-) y aquéllas que bajo el epígrafe “Normativa” figuran al inicio de cada producto de esta GUÍA y que regulan de forma especial el régimen de cada uno de ellos, la protección del usuario de servicios bancarios viene regulada, en líneas generales, por las siguientes normas:

     
Ley 26/1984, de 19 de Julio, General para la Defensa de Consumidores y Usuarios.

La protección del usuario de los servicios bancarios en el ordenamiento español se efectúa en gran medida a través de esta Ley reguladora, con carácter general, de la protección de los consumidores y usuarios, destacando fundamentalmente el artículo 10 de esta Ley.

     
Ley 7/98, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación.

Supone la trasposición de la Directiva 93/13/CEE del Consejo de 5 de abril de 1993 sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, así como la regulación de las condiciones generales de contratación. Esta Ley, en sus disposiciones adicionales, modifica diversos aspectos de la Ley de Consumidores y Usuarios. El Real Decreto 1828/1999 de 3 de diciembre aprueba su Reglamento, y el Real Decreto 1906/1999 de 17 de diciembre regula la contratación telefónica o electrónica con condiciones generales.

     
Orden Ministerial de 12 de diciembre de 1989, sobre tipos de interés y comisiones, normas de actuación, información a clientes y publicidad de las entidades de crédito.

La legislación bancaria de los años ochenta es una constante sucesión de Ordenes y Circulares que refunden las anteriores, en un intento de ir liberalizando de forma progresiva los tipos de interés y comisiones aplicables por las entidades de crédito; asimismo, estas normas tenían por objeto dotar a las operaciones bancarias de la necesaria transparencia y protección al cliente/usuario, hasta llegar, finalmente, a esta Orden Ministerial. Con ella, el Ministerio de Economía regula específicamente las obligaciones de toda entidad crediticia y de depósito de proporcionar información general al cliente, obligaciones respecto a los tipos de interés y comisiones, régimen de la publicidad de estas entidades y normas de actuación en la relación banco/cliente.

 
     
Circular del Banco de España 8/1990 de 7 de septiembre, sobre transparencia de las operaciones y protección de la clientela.

Esta Circular, que fue dictada en desarrollo de la Orden Ministerial de 12 de diciembre de 1989, es el pilar que regula la transparencia que debe presidir toda relación banca/cliente: Publicación e información sobre tipos de interés y comisiones, regulación de condiciones de valoración, contenido obligatorio de tablón de anuncios, entrega de documentos contractuales y tarifas de comisiones, especialidades de los préstamos hipotecarios, documentos de liquidación, coste o rendimiento de las operaciones, regulación de la publicidad de las entidades y funcionamiento del Servicio de Reclamaciones del Banco de España.

Esta Circular ha sufrido diversas modificaciones por circulares del Banco de España posteriores, concretamente:

 
la Circular 6/1991, de 13 de noviembre.  
la Circular 22/1992 de 18 de diciembre.  
la Circular 13/1993 de 21 de diciembre.  
la Circular 5/1994, de 22 de julio.  
la Circular 3/1996, de 27 de febrero.  
la Circular 4/1998, de 27 de enero.  
la Circular 3/1999, de 24 de marzo.  
la Circular 7/1999, de 29 de junio.  
y la Circular 1/2000, de 28 de enero.  
     
     
NORMATIVA SOBRE PUBLICIDAD FINANCIERA  
     
Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.

Regula la actividad publicitaria en general. Delimita los distintos tipos de publicidad ilícita, articula diversas modalidades de intervención administrativa, regula los contratos publicitarios y establece las normas de carácter procesal que han de regir en materia de sanción y represión ilícita, instituyéndose un procedimiento encaminado a obtener el cese o rectificación de la publicidad ilícita. Esta regulación puede completarse con las disposiciones correspondientes de la Circular del Banco de España 8/1990.

   
   
NORMATIVA SOBRE COMPETENCIA  
 
     
Ley 16/1989, de 17 de junio, de Defensa de la Competencia.

Prohíbe todo acuerdo o recomendación colectiva, o práctica consciente paralela que produzca, o pueda producir, el efecto de impedir o restringir la competencia.

Esta Ley ha sido desarrollada por el RD 157/1992, de 21 de febrero, en materia de exenciones por categorías, autorización singular y registro de defensa de la competencia, y modificada posteriormente por Ley 52/1999 de 28 de diciembre, de reforma de la Ley de Defensa de la Competencia.

     
Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.

Tiene como objeto la protección de la competencia en interés de todos los que participan en el mercado, prohibiendo todo acto que se realice en el mercado contrario a la buena fe y con fines concurrenciales.

     
     
NORMATIVA SOBRE ENTIDADES DE CRÉDITO  
     

Por último, se exponen en síntesis las normas más relevantes sobre entidades de crédito y depósito:

     
Ley 26/1988 de 29 de julio, de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito.

Establece una normativa sancionadora común para el conjunto de las entidades de crédito, se determinan los sujetos pasivos de la potestad sancionadora, se tipifican las infracciones, las sanciones y las competencias sancionadoras.

Modificada por la 3/1994 de 14 de abril de adaptación a la 2ª Directiva bancaria

     

Ley 13/1994 de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España.

Modificada por la Ley 12/1998, de 28 de abril.

     

Ley 3/1994 de 14 de abril, de adaptación a la segunda directiva bancaria.

Se adapta la legislación española en materia de entidades de crédito a la Segunda Directiva de Coordinación Bancaria y se introducen otras modificaciones relativas al sistema financiero.

     

Circular del Banco de España 4/1991 de 14 de junio, sobre normas de contabilidad y modelos de estados financieros.

Fue modificada por la Circular del Banco de España 7/91 sobre normas de contabilidad y la Circular 5/97 de 24 de julio, y por la Circular 5/2000, de 19 septiembre.

     
     
 
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